Urge revisar las cláusulas del Título de Concesión No. 001/2019
26 de abril de 2023
Gerardo Cortinas Murra
Editorialistas Libres de Parral
El 20 de agosto del 2019, el expresidente municipal Alfredo Lozoya celebró un contrato con el Consorcio integrado con el ‘Corporativo Ambiental DKDA’ y ‘KEF Exponencial’, con el propósito de concesionar el servicio público municipal de recolección y traslado de residuos sólidos urbanos no peligrosos.
La empresa ‘Corporativo Ambiental DKDA’ obtuvo su registro en el año 2012, siete años antes de la solicitud de concesión del servicio público municipal en el Municipio de Parral. Por su parte, la empresa ‘KEF Exponencial’ obtuvo su registro en el año en el año 2014, cinco años antes de la solicitud de concesión que nos ocupa.
Ambas empresas declaran que cuentan con la capacidad técnica, financiera y administrativa suficiente para prestar de manera eficiente, uniforme y continua el servicio de recolección y traslado de residuos sólidos urbanos no peligrosos.
En las Cláusula Cuarta el Municipio de Parral se compromete a pagar la cantidad de $410.03 pesos por cada tonelada (¿de basura?) recolectada y trasladada. Dicha cuota de pago habría de ser ‘actualizada’ a partir del primero de enero del 2020; previa ‘revalidación’ del Municipio.
En la Cláusula Quinta, se prevé la posibilidad de que la cuota de pago puede ser alterada con motivo de “incrementos extraordinarios que repercutan directamente en el costo de la prestación del servicio concesionado”.
Por su parte, las empresas se obligan a destinar 9 unidades de recolección; pero además, se obligan “a adquirir e incorporar los demás vehículos recolectores de residuos y el equipo que resulten necesarios para la óptima prestación del servicio concesionado en el caso de crecimiento de la zona geográfica, incremento de la población, del número de viviendas o por la generación de mayor cantidad de residuos sólidos urbanos”.
Otro compromiso de las empresas, es el siguiente: La entrega de “un informe mensual”, por escrito, que deberá acompañar a las facturas mensuales en las que se contenga la siguiente información:
a) Cantidad de casas habitación recolectadas diariamente;
b) Cantidad de toneladas trasladadas durante cada día del mes;
c) cantidad de toneladas dispuestas dentro del Relleno Sanitario Municipal, durante cada día del mes;
d) La información de supervisión de rutas de recolección; y
e) Un informe de las quejas de los usuarios, atención a las mismas, porcentaje de avance y soluciones.
Asimismo, las empresas tienen la obligación de renovar su planilla de camiones recolectores cada 7 años.
Respecto a la calidad de la prestación del servicio concesionado, el Municipio tendrá el derecho de inspeccionar, supervisar y verificar dicho servicio público; así como también, “realizar periódicamente la evaluación de la calidad del servicio concesionado”.
Pero además, el Municipio se compromete a “establecer las políticas públicas en materia de manejo integral y sustentable de residuos sólidos urbanos”.
Por último destacar que las empresas tienen la obligación de “llevar a cabo campañas de concientización social sobre la cultura de limpieza, el adecuado manejo de residuos y cultura ecológica”.
Yo me pregunto:
¿Cuantas veces se ha actualizado la cantidad por cada tonelada recolectada y trasladada?
¿Las 9 unidades de recolección, ya han sido renovadas en su totalidad?
¿Cuántas unidades de recolección se ha incorporado, tomando en cuenta el incremento de la población, del número de viviendas y por la generación de mayor cantidad de residuos sólidos urbanos?
¿Las empresas han cumplido con su obligación de entregar los informes mensuales?
¿A cuántas casas habitación se les brinda el servicio de recolección diariamente?
¿Cuantas toneladas de residuos sólidos son trasladadas al Relleno Sanitario Municipal diariamente?
¿En qué términos, el Municipio realiza la inspección, supervisión y verificación de la calidad de la prestación del servicio concesionado?
¿Cuáles son las políticas públicas en materia de manejo integral y sustentable de residuos sólidos urbanos que han sido implementadas por el Municipio?
¿Cuáles son las campañas de concientización social sobre la cultura de limpieza, el adecuado manejo de residuos y cultura ecológica realizadas las empresas concesionadas, desde el año 2019 a la fecha?
Así las cosas, a mi parecer, es evidente que ciertas cláusulas del Título de Concesión en comento, deben ser revisadas, y en su caso modificadas, por el Cabildo; con el único propósito de evitar un daño económico indebido a la sociedad parralense.
¿Y porque no? de resultar procedente, solicitar al Cabildo que determine la revocación de la concesión del servicio de recolección de residuos sólidos.
P.D.
Otro tópico que habremos de analizar en la próxima colaboración, es el relativo a la administración del Relleno Sanitario Municipal.